A veces cuesta trabajo explicar algo tan complejo como el que pernoctar en el interior de una autocaravana estacionada en un lugar autorizado es legal. A los usuarios nos cuesta entender que algo que vemos con tanta claridad, algunas administraciones tienen tan claro todo lo contrario, tanto, que da la impresión de que su interpretación está motivada por un afán recaudatorio o, más probable, por la defensa de los intereses privados de los propietarios de camping.
El origen de la controversia consiste en que el mismo hecho está siendo juzgado por dos ámbitos legales a la vez.
Se trata de evaluar legalmente un hecho: los pasajeros de una autocaravana permanecen en su interior mientras ésta está correctamente estacionada en un lugar autorizado. Ese lugar autorizado puede ser la vía pública o un estacionamiento dentro de los límites del demanio marítimo-terrestre o en los de un Espacio Natural Protegido.
Al vehículo se le aplican las Leyes de Seguridad Vial y a las personas la Ley de Costas, las Leyes de Turismo o las de Protección de Espacios Naturales Autonómicas de forma simultánea.
Sin embargo, al aplicar las leyes que regulan la acampada se obvian una serie de circunstancias que modifican el criterio del ámbito legal:
  • La autocaravana es un vehículo.
  • El espacio que ocupa es la vía pública pues se trata de un estacionamiento autorizado.
  • La presencia de los pasajeros en el interior no afecta a la maniobra de estacionamiento.
  • La Ley de Seguridad Vial obliga su aplicación a todos los vehículos en todas las vías públicas aptas para su circulación.
A pesar de todo, algunas administraciones aducen criterios subjetivos, inconcretos e inconsistentes tales como intencionalidad, permanencia e instalación de autocaravanas –que no es otra cosa diferente al estacionamiento– para justificar una inexistente infracción por acampada ilegal y consideran a la autocaravana como el único vehículo dotado de elementos de confort para utilizarlo como vivienda, aplicando también el término pernocta para establecer una equivalencia a la acampada.
Al mismo tiempo y por el mismo hecho los empresarios de camping presionan a los ayuntamientos, acusándoles interesadamente de competencia desleal, que permiten la pernocta en una autocaravana estacionada en las vías públicas locales o disponen de espacios de estacionamiento acondicionado para autocaravanas, sean de pago o no.
Se olvidan de que ellos en sus instalaciones reclaman cada día más espacios para alojamientos fijos en competencia con los hoteles y pensiones y que los bungalows o los mobil-homes reducen cada vez más los espacios destinados a las instalaciones móviles.
Es patético comprobar la hipocresía de unos profesionales que, en muchos casos dentro de sus instalaciones, no se preocupan por adecuar los espacios a las autocaravanas, ni en los viales ni en las instalaciones comunes.
En sus denuncias por el daño medioambiental que producen los campamentos compuestos en su opinión por autocaravanas se olvidan que muchas de sus instalaciones invadien los límites del demanio maritimo-terrestre o los Espacios Naturales Protegidos.
Se olvidan, en definitiva que los usuarios de vehículos vivienda somo clientes en potencia y que por el camino de la guerra que han declarado algunos empresarios a los autocaravanistas, lo único que van a conseguir es que los usuarios asociados nos organicemos para alejarnos definitivamente de sus instalaciones y arrastremos a los miembros que podamos de las asociaciones campistas.
Las administraciones autonómicas acabarán dándose cuenta de que no pueden hacer el trabajo de los empresarios de camping y que deben considerar que la principal misión de los Reglamentos de Campamentos de Turismo es la de velar por la calidad del servicio prestado a cambio del dinero de los clientes. Que la regulación de la acampada debe responder a criterios de protección medioambiental y en ningún caso a defender los intereses de una actividad económica privada que paga sus impuestos con el dinero que les dejamos los clientes y que a su vez los usuarios también pagamos nuestros impuestos y tenemos más votos.
Lo cierto es que los vehículos son utilizados como vivienda por miles de ciudadanos en España a diario con diferentes motivaciones: exclusión social, trabajo u ocio y, de entre estos vehículos, las autocaravanas son la minoría. De esta forma camiones, turismos, caravanas, autocaravanas o furgonetas de transporte de mercancías, incluso contenedores, son utilizados a diario para pernoctar.
A pesar de ello son los ciudadanos que utilizan autocaravanas los que con mayor frecuencia son denunciadas y ello es debido principalmente por la presión de los lobby de empresarios de camping.
Sin embargo, pernoctar en el interior de una autocaravana estacionada es una actividad legal, tan legal, como el pernoctar en la cama instalada de origen en interior de un tractocamión estacionado en un área de descanso de una carretera.
Lo ilegal son las actitudes de algunos ciudadanos incívicos que cometen abuso del espacio público, que polucionan el entorno con ruido o con despliegue de elementos de acampada o abandonan residuos provocando daños medioambientales. Estas son las actitudes que se deben reprimir y cuya responsabilidad de avitar estas prácticas recae en primer lugar en los agentes de la autoridad. La proliferación de estos abusos en zonas de presión turística es debida en gran parte a la negligencia de las autoridades en establecer medidas adecuadas y como consecuencia acabamos pagando de forma antidemocrática justos por pecadores creando una situación en la que los empresarios de camping tratan de sacar partido para sus intereses económicos apoyándose en la escasa visión de algunos políticos.
Con el fin de apoyar los argumentos legales en los que se basa el derecho a pernoctar en el interior de una autocaravana estacionada gracias al trabajo de Andoni Lizarralde que ha llevado a cabo la presentación de los temas, ponemos a disposición de los compañeros autocaravanistas esta presentación gráfica del tema.
Bajar la presentación (EXE)
Juan Múgica Flores

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