Prohibida la pernocta en Santoña (Cantabria)

La señora alcaldesa de Santoña (Cantabria) ha publicado, con fecha 15 de julio de 2009, un Bando en el que se da a conocer la resolución por la que se prohíbe “la instalación y pernocta” de autocaravanas.
Nos enfrentamos, una vez más, a una decisión que trata de discriminar a los ciudadanos que hemos optado por estos vehículos que proporcionan transporte y alojamiento. En esta ocasión, por lo menos, se asigna un lugar autorizado para ello aunque se trata de alejar las autocaravanas de los lugares turísticos.
Sin entrar a valorar los motivos que han originado esta medida o los fines que persigue esta resolución, podemos llegar a la conclusión de que carece de un mínimo rigor legal.
En primer lugar se prohíbe la “instalación de autocaravanas”, esa instalación equivale a estacionar ya que las autocaravanas no se instalan sino que estacionan y prohibir el estacionamiento de vehículos requiere una Ordenanza Municipal y en cualquier caso, incluso con OM, tampoco se puede prohibir estacionar vehículos más que por razones objetivas como pueden ser su tamaño o masa máxima autorizada.
En segundo lugar se prohíbe la “pernocta” de autocaravanas, cuando las autocaravanas no pueden pernoctar. Solo las personas pernoctan.
El objetivo de esa resolución es expulsar a las autocaravanas de las calles de Santoña, impidiendo, de hecho, el estacionamiento entre las 21:00 y las 6:00 horas. Esta medida no está respaldada por ninguna norma legal.
Es probable que la policía municipal tenga orden de expulsar a los ciudadanos que utilizamos la autocaravana como medio de transporte mientras estamos estacionados en el lugar y horario que prohíbe la resolución, sin embargo esta medida no es legal.
Una forma de enfrentarnos con esta medida arbitraria y discriminadora es indicando a los agentes que no deseamos desobedecer sus órdenes, puesto que nos podrían denunciar por desobediencia a la autoridad, pero que consideramos que esta medida es ilegal y queremos dejar constancia para proceder a una denuncia por la presunta posibilidad de prevaricación en el juzgado de guardia y que necesitamos testigos cualificados, para ello debemos llamar al 112 y requerir la presencia de la Guardia Civil.
Podemos alegar también que no podemos obedecer la orden si, hemos ingerido alcohol o estamos tan fatigados que puede representar un riesgo para la Seguridad Vial.
La policía municipal puede denunciarnos si consideran que, presuntamente, hemos cometido una infracción de alguna norma legal, pero una resolución de la alcaldía que no está respaldada por una ley no es una normativa legal. Al contrario impiden que estacionamos al amparo de las Leyes de Seguridad Vial.
La señora alcaldesa debe saber que los autocaravanistas estamos dispuestos a colaborar con las autoridades locales para evitar cualquier tipo de abusos y que las medidas pueden y deben consensuadas con las Asociaciones de Usuarios. Hay muchas formas de regular el uso habitado de las autocaravanas, la peor es tomar medidas unilaterales que restrinjan los derechos legítimos de los ciudadanos que hemos optado por usar una autocaravana de forma responsable para hacer turismo.
Juan Múgica Flores

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